Micelio
Auto14 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Vargas Pelaez Mary Luz

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Subsección F, de la Sección Segunda, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 36 Laboral del Circuito de Bogotá.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones en contra de la resolución por medio de la cual reconoció y pago una pensión de sobrevivientes con ocasión del fallecimiento de uno de sus afiliados.

Según la entidad, el retroactivo pensional reconocido fue mal liquidado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 316/21 mediante el cual estableció que, conforme con los artículos 97 y 104 del CPACA, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos.

Con base en lo anterior se remitió el expediente a la Subsección F, de la Sección Segunda, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Subsección F, de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 36 Laboral del Circuito de Bogotá, y DECLARAR que la Subsección F, de la Sección Segunda, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones contra la Resolución SUB-44460 del 25 de abril de 2017.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2605 a la Subsección F, de la Sección Segunda, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión al Juzgado 36 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.